Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.
Uno de los objetivos perseguidos con la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) fue aumentar la compatibilidad y comparabilidad entre los sistemas europeos de educación superior, respetando su diversidad, con la intención de promover la movilidad de estudiantes , titulados, profesores y personal de administración.
La movilidad de estudiantes que se persigue no debe entenderse únicamente en su dimensión internacional, sino también dentro de España, entre las diferentes enseñanzas que configuran la Educación Superior. En este sentido, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación determina que «la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior constituyen la educación superior »(artículo 3.4).
El Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, en su Artículo 2. establece que: "a) Calificación: Cualquier título, diploma o certificado emitido por una institución educativa que acredita haber adquirido un conjunto de resultados del aprendizaje, después de haber superado satisfactoriamente un programa de formación en una institución legalmente reconocida en el ámbito de la educación superior ", y el artículo 3. sobre Ámbito de aplicación establece que: "El ámbito de aplicación del Marco lo constituyen las titulaciones oficiales procedentes de la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior, así como aquellos otros títulos que se hayan declarado equivalentes.
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